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Mensaje por narancho Sáb Nov 28 2009, 10:39

Ya tuve una mala experiencia en el registro antes (abri un thread al respecto) y ahora tuve una nueva... acompañe a un amigo que se quiere comprar una jawa 300, asi que con la pulsar para rendir el examen anda joya, mismo categoria de cilindrada. En fin, vamos , llevo todos los papeles blablabla, hace la cola, empieza con el papelirio. Y en eso en la oficina de control de licencias le dicen "no pibe, no podes sacar el registro porque no tenes antiguedad en la categoria anterior"... QQUUEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEE?????
"si capo, a partir de enero del 2009 nadie puede sacar un registro de motos de una categoria superior si no tiene antiguedad de 2 años en la categoria anterior".

Asi que si te compras una pulsar como primer moto y no tenias el registro, K-GAS-T. No la podes manejar. En el caso de mi amigo va a demorar la compra de su moto a ver que carajo hacer... pero es cualquier cosa.

Alguien sabe si esto es asi? yo consegui info de la municipalidad pero no dice nada de esto.
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Mensaje por Andres_Cba Sáb Nov 28 2009, 11:33

ES ASI, PERO SOLO PARA LOS MENORES DE 21 AÑOS...
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Mensaje por Andres_Cba Sáb Nov 28 2009, 11:38

ESTO ES DE ROSARIO PERO CREO Q EL CONCEPTO SE EXTIENDE A TODO EL PAIS, EN EL CASO DE LA PULSAR SERIA CATEGORIA A3:

EDADES MINIMAS Y MAXIMAS PARA LA OBTENCION DE LICENCIAS:

Para las clases B1, B2, A21, G1, G2 y F; ser mayor de 18 años.

Para las clases A22 y A3; ser mayor de 21 años o acreditar 2 años de antiguedad en clase A21 con la antedicha autorización.

Para las clases C, E1 y E2; ser mayor de 21 años y poseer 1 año de antiguedad en clase B (Licencias de moto, no acreditan antigüedad).

Para las clases D1 y D2; ser mayor de 21 años y para la primera vez menor de 65 años y poseer 1 año de antiguedad en clase B.
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Mensaje por deylato Sáb Nov 28 2009, 11:43

TAL CUAL COMO LO DICE ANDRES.ES PARA MENORES.
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Mensaje por Andres_Cba Sáb Nov 28 2009, 11:49

LEY DE TRANSITO NACIONAL - LEY 24449


16. CLASES. Las clases de Licencias para conducir automotores son:

CLASE A: Para ciclomotores, motocicletas y triciclos motorizados. Cuando se trate de motocicletas de más de 150 centímetros cúbicos de cilindrada, se debe haber tenido previamente por dos años habilitación para motos de menor potencia, "excepto los mayores de 21 años".

CLASE B: Para automóviles y camionetas con acoplado de hasta 750 kilogramos de peso o casa rodante;

CLASE C: Para camiones sin acoplado y los comprendidos en la clase B;

CLASE D: Para los destinados al servicio del transporte de pasajeros, emergencia, seguridad y los de la clase B o C, según el caso;

CLASE E: Para camiones articulados o con acoplado, maquinaria especial no agrícola y los comprendidos en la clase B y C;

CLASE F: Para automotores especialmente adaptados para discapacitados;

CLASE G: Para tractores agrícolas y maquinaria especial agrícola.

La edad del titular, la diferencia de tamaño del automotor o el aditamento de remolque determinan la subdivisión reglamentaria de las distintas clases de licencia.

AHI ESTA, CON LEY Y TODO, EL QUE TE ROMPA LAS PELOTAS CAELE CON LA LEY DE TRANSITO Y HACESELA MASTICAR.... JAJA
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Mensaje por deylato Sáb Nov 28 2009, 11:58

ja ja ja NO TE CALENTES JA JA JA
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Mensaje por Andres_Cba Sáb Nov 28 2009, 12:03

ES Q TE DA RABIA REALMENTE LA BUROCRACIA DE ESTOS ORGANISMOS!

una nueva del registro de olivos OAKY

NO, PERO EN SERIO, ES BUENO CONOCER LA LEY... seria bueno q todos le pegaramos una leida para saber de nuestras obligaciones, pero sobre todo de nuestros derechos...
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Mensaje por tegarg Sáb Nov 28 2009, 13:01

Para la rouser necesitas el A2 que es de 150 a 300. El A3 es mas de 300.
Eso es en capital, creo que las categorías son iguales en todo el país lo que puede cambiar son los requisitos. el A1.1 es hasta 150 menor de 21 El A1." es 150 mayo.
Yo saque el registro en Octubre del 2009 y tengo A3 sin tener anteriormente ninguno y no me dijeron nada, en capital.

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Mensaje por Andres_Cba Sáb Nov 28 2009, 13:24

debe ser distinto segun la localidad. yo tengo a3 y el carnet dice. a3 superior a 150cc.
antes tenia a2 que decia: hasta 150cc
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Mensaje por jocha73 Sáb Nov 28 2009, 13:35

Fua que lio, a mi gracias a Dios nunca me dijeron nada y en el carnet tengo para moto sin limite de cilindrada. Pero lo raro es que no me tomaron ninguna clase de examen ademas del teorico, el practico ni sabia qe existia para motos.
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Mensaje por Mat*. Sáb Nov 28 2009, 15:12

sabia q era asi! un bajon!
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Mensaje por narancho Lun Nov 30 2009, 15:21

Averiguamos un poco más y en el registro de olivos nos dijeron que ley reglamenta en provincia el tema de las licencias de conducir.

Les adjunto... al final tenían razón. La ley de buenos aires es un poco más restrictiva que la nacional.

ARTÍCULO 12. Clases De Licencias.
Clase A.1: Ciclomotores para menores entre DIECISÉIS (16) y DIECIOCHO (18) años.
Clase A.2: A los fines de este inciso, se entiende por moto de menor potencia la comprendida entre CINCUENTA y CIENTO CINCUENTA centímetros cúbicos de cilindrada (50 y 150 cc).
A.2.1: Motocicletas (incluidos ciclomotores, triciclos y cuatriciclos) de hasta CIENTO CINCUENTA CENTÍMETROS CÚBICOS (150 cc) de cilindrada. Se debe acreditar habilitación previa de DOS (2) años para ciclomotor.
A.2.2: Motocicletas (incluidos ciclomotores, triciclos y cuatriciclos) de más de CIENTO CINCUENTA CENTÍMETROS CÚBICOS (150 cc) y hasta TRESCIENTOS CENTÍMETROS CÚBICOS (300 cc) de cilindrada. Previamente se debe haber tenido habilitación por DOS (2) años para una motocicleta de menor potencia, que no sea ciclomotor.
Clase A.3: Motocicletas (incluidos ciclomotores, triciclos y cuatriciclos) dé más de TRESCIENTOS CENTÍMETROS CÚBICOS (300 cc) de cilindrada. Previamente se debe haber tenido habilitación por DOS (2) años para una motocicleta de menor potencia.
Clase A4: Motocicletas (incluidos ciclomotores, triciclos y cuatriciclos) de cualquier cilindrada contemplados en los puntos precedentes de la presente clase, que sean utilizados para el transporte de toda actividad comercial, de servicios e industrial. Previamente se debe haber tenido habilitación por DOS (2) años para una motocicleta.

El decreto reglamentario de la ley:
http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/legislacion/09-532.html
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Mensaje por ArroyitoCba Lun Nov 30 2009, 15:55

En mi caso tengo la A3 cuando hicieron todo el quilombo del cambio de carnet obligatorio, la mina del registro me recomendó que me lleve la categoría A3 total, el precio era el mismo (en ese entonces no tenía pensado comprarme la Pulsar) así que gracias a la mina y sin tener que hacer ningún tipo de examen, ni teorico , ni práctico, estoy habilitado para conducir cualquier motocicleta...
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Mensaje por Andres_Cba Lun Nov 30 2009, 18:34

casi en todas las municipalidades del interior de cordoba te dan el carnet sin mayor dificultades. yo siempre lo saco en tirolesa. en teoria no deberia poder circular con ese carnet xq la moto esta asentada en capital pero hace 10 años que ando con carnet de tirolesa y jamas tuve un problema. es mas, voy todos los años y en 10 minutos me voy con el carnet, 0 examen, 0 esperas. yo quise sacar el de cba pero tienen mas vueltas para darte el carnet, encima tenes q perder una mañana entera y yo por cuestiones laborales no puedo. cruzo los dedos y espero seguir sin tener problemas.
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Mensaje por walys Miér Ene 06 2010, 01:07

toda esta porkeria del registro de olivos segun lo que lei,se aplica a los menores de edad. no a los huevones de 27 años como yo o los de 36 como mi hermano .....

nos despacharon a los 2 como 2 pajaritos diciendonos exactamente lo mismo,saca el de 150,espera 2 años de antiguedad y volve a sacar hasta 300.osea que mi rouser la voy a poder usar dentro de 2 años....me hacen reir estos payasos!!! menos mal que no sake el loto y no me compre un fireblade1000cc. para cuando me suba a esa moto voy a tener problemas de asiatica....bueno en fin hay q buscar una solucion x algun contacto o conocido de la muni q te agilice todo. uno kiere hacer las cosas bien,en regla todo joya y te obligan a hacer las cosas de otra manera. bueno suerte a los de vte.lopez que saken en el registro de olivos!!!
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Mensaje por Mat*. Miér Ene 06 2010, 14:17

q bajon.... es inexplicable la verdad...
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Mensaje por Mantre Miér Ene 06 2010, 15:38

Buenas , yo tengo registro de autos y quiero ir a renovar para que me den el de moto, y estaba viendo lo que postiaron aca y parece que se pusieron la gorra en Provincia,, aclaro nunca tuve registro de moto, mi hermano por suerte si, el no va a tener problemas en sacarlo ahora me queda una duda del decreto de Provincia si alguno sabe algo por favor responda:

El decreto provincial hdp link:

http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/legislacion/09-532.html
ARTÍCULO 13. Validez. La licencia tiene una validez máxima de CINCO (5) años, lapso que disminuirá conforme a lo siguiente:
B)Las personas entre VEINTIÚN (21) y SESENTA Y CINCO (65) años de edad serán habilitadas por el máximo de tiempo que establece la presente y podrán acceder a todas las clases de Licencias.


si me joden con lo de la cilindrada esta parte me estaria permitiendo acceder a cualquier clase de licencia??? aclaro que tengo 27 pirulos! grs.[url][/url]http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/legislacion/09-532.html
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Mensaje por Mantre Miér Ene 06 2010, 16:50

Ahi averigue un poco, llame a la municipalidad de quilmes me dijeron que yo por ser primera vez registro de moto debo tener un año manejando una cilindrada menor, o sea el registro a 2.1, y el de transito me dijo "veni y lo hablamos"...

Ahora yo averigue un poco mas del tema:

El decreto que mencionaban en este thread es el Decreto 532/09 decretado en Abril del 2009.

En Agosto del 2009 la provincia de buenos aires, en mi caso municipio de quilmes puse en vigencia la ley 13927. la cual utiliza el mecanismo de la ley nacional 24449, a su vez existe la ley 11430 que tambien es igual a la 24449 sobre el tema de licencias, para la licencia A.2.2 de 150 a 300cc siendo mayor de 21 años no deberian pedir un año o dos de antiguedad en la categoria menor.

Cuando empece habalrle de estas leyes el tipo me dijo veni y lo hablamos... para mi nos quieren sacar guita y bueno que se le va hacer, si alguno tiene algun dato mas para pasar de que leyes estan vigentes por favor aviseme porke el sabado voy al registro y voy armar alto kilombo, no puede ser que por mi ciudad circulan motochorros sin patente ni registro y yo para sacar un registro de la forma correcta no pueda, la verdad me estoy indignando y quiero romper todo , saludos!
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Mensaje por Lucas-Yo Miér Ene 06 2010, 17:41

Les cuento que por lo que veo es verdad, la ley nacional de transito (ley 24.449) es contradictoria con el decreto 532/09, pero hasta donde yo se (a menos que en el articulo de la ley lo diga) una ley nacional es superior a una provincial, mucho mas a un decreto. El proximo que tenga el problema, que haga esto, se consiga prestada una filmadora,valla al registro con una copia del articulo 16 de la ley 24.449 y los filme. Van a tener 2 opciones o hacerle caso a una ley nacional o arriesgarse a estar filmados VIOLANDO UNA LEY NACIONAL SIENDO EMPLEADOS PUBLICOS, en caso que pase esto ultimo una consulta con un abogado va a resultar una muy buena inversion.
Voy a ver si la fuente de la cual saque la lei esta actualizada, porque me parece un error muy grande y estupido, y digan lo que digan de nuestros politicos no creo que sean tan inoperantes como para pifiarla asi...

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Mensaje por Walterio Miér Ene 06 2010, 18:07

La verdad que es totalmente increible, me gustaria saber que pasa con aquellos que tenian registro solo de autos y le agregan la categoria de motos, ya que el de autos solo NO habilita motos, ojo con eso pq muchos se confian.

Yo cuando lo saque alla por el 2006 solo para moto el registro decia: TODO TIPO DE MOTO, TRICICLO Y CUATRICICLO.


Mantre escribió:..."veni y lo hablamos"...

HAY HAY HAY... ARGENTILANDIA!!! HABLAMOS = $$$
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Mensaje por walys Miér Ene 06 2010, 19:07

y bue ese hablamos sabemos todos lo q significa....pero hay q hacer las cosas bien y reclamar lo q corresponde sin darles guita a esos parasitos!!! si sos mayor te tienen q dar la categoria q vos necesites,y si es tu primer registro x mas q manejes hace 20 años te lo tienen q entregar sin problema alguno con una validez de 6 meses y te escrachan con un calco de principiante. pero lo tienen q entregar si o si. yo mañana tempranito voy al registro otra vez y bueno....a discutir un rato hasta q me lo den. saludos!!
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Mensaje por funker Miér Ene 06 2010, 19:23

Me interesa el tema, ya que yo tendria que hacer el registro para mas de 150cc, los ke van al registro por favor posteen como les resulto el asunto!, gracias!

Salu2!

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Mensaje por Walterio Miér Ene 06 2010, 20:53

Saben cual es uno de los grandes puntos!!! a quien le hacen la prueba de manejo en moto? yo pienso que con eso se solucionan todos estos temas.-
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Mensaje por seaman Miér Ene 06 2010, 21:29

walys escribió:y bue ese hablamos sabemos todos lo q significa....pero hay q hacer las cosas bien y reclamar lo q corresponde sin darles guita a esos parasitos!!! si sos mayor te tienen q dar la categoria q vos necesites,y si es tu primer registro x mas q manejes hace 20 años te lo tienen q entregar sin problema alguno con una validez de 6 meses y te escrachan con un calco de principiante. pero lo tienen q entregar si o si. yo mañana tempranito voy al registro otra vez y bueno....a discutir un rato hasta q me lo den. saludos!!

Si me permitis te sugeriria imprimas los articulos de la ley de transito de la provincia y la ley nacional donde constan que a mas de 21 años no se requiere de un registro de cilindrada menor por un periodo de 2 años y se lo muestres al piola de transito de vte lopez, de esa forma vas con armas para defender tu postura.
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Mensaje por walys Jue Ene 07 2010, 02:50

Si me permitis te sugeriria imprimas los articulos de la ley de transito de la provincia y la ley nacional donde constan que a mas de 21 años no se requiere de un registro de cilindrada menor por un periodo de 2 años y se lo muestres al piola de transito de vte lopez, de esa forma vas con armas para defender tu postura.[/quote]



sisi eso mismo voy a hacer antes de ir al registro....imprimo las hojas y se las muestro para que lea un ratito. gracias!
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Mensaje por Guidoca81 Jue Ene 07 2010, 09:12

yowashere escribió:Les cuento que por lo que veo es verdad, la ley nacional de transito (ley 24.449) es contradictoria con el decreto 532/09, pero hasta donde yo se (a menos que en el articulo de la ley lo diga) una ley nacional es superior a una provincial, mucho mas a un decreto. El proximo que tenga el problema, que haga esto, se consiga prestada una filmadora,valla al registro con una copia del articulo 16 de la ley 24.449 y los filme. Van a tener 2 opciones o hacerle caso a una ley nacional o arriesgarse a estar filmados VIOLANDO UNA LEY NACIONAL SIENDO EMPLEADOS PUBLICOS, en caso que pase esto ultimo una consulta con un abogado va a resultar una muy buena inversion.
Voy a ver si la fuente de la cual saque la lei esta actualizada, porque me parece un error muy grande y estupido, y digan lo que digan de nuestros politicos no creo que sean tan inoperantes como para pifiarla asi...

Es cierto que una norma inferior nunca puede ir en contra de una norma superior! Pero también es cierto que si la puede reglamentar!!!
Si bien la ley que rige la materia es la Ley Nacional de Tránsito, su reglamentación se encuentra delegada a cada jurisdicción. No tuve tiempo para nada de leer la normativa que ustedes dicen, pero puede no ser contraria a la Ley por poner algun requisito mas.
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Mensaje por Mantre Sáb Ene 09 2010, 11:44

bueno al final no me dejan sacar el registro de 150 a 300 en quilmes, mi hermano puede porke ya tuvo 5 años el de 150, asi que me re duele en el alma, ahora estoy por el plan B, consegui un contacto a ver si puedo tenerlo, y sino sacare el de 150 y andare igual !!!

el tema es que la ley 24449 tiene un articulo donde permite a las localidades poner un rango o prohibiciones segun ellos decidan, asi que estas cosas las hacen para hacer mas plata te obligan a pagar el registro y al otro año tenes ke volverlo a pagar si queres mas cilindrada, ratas inmundas!!!
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Mensaje por walys Miér Ene 13 2010, 03:10

sisi son unos cacas...averigue en el reg de san isidro y tambien es igual la cosa que en vte.lopez
dicen que es algo que se lo impone la plata una ley nueva......me sono a chamuyo cuando copie la ley que dice el papel de las categorias que te muestra la vieja amarga de entrada y saben q???? tal ley n°13.927 articulo 12. no figura para nada lo q muestra la vieja esta......figura si mal no recuerdo que tal ley habla de coordinacion accidentologica!! pero nada referido a las nuevas categorias segun la plata.....la plata es la que se van a hacer ellos con esta nueva porkeria que te imponen!!!!la ultima q me keda es ir con un auto y la moto para que me manden auto y moto de mas de 150 asi de onda.......veremos!!!
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Mensaje por Mat*. Miér Ene 13 2010, 12:54

si de onda ($$$) Laughing
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Mensaje por walys Miér Ene 13 2010, 16:39

mat89 escribió:si de onda ($$$) Laughing


y bueno mat....no me voy a arriesgar a q me saquen la moto y pagar multa acarreo bla......es asi man argentina!!!

abrazooo....
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Mensaje por Invitado Lun Feb 01 2010, 00:53

hola les comento que tengo el mismo problema con el registro para conducir, quiero comprarme una twister y cuando fui averiguar al registro de hurlingham me dijieron que solo hasta 150cc , que no me daban el A22 para motos hasta 300cc si era mi primer moto. Mañana voy a llamar al RUIT para asesorame bien porque me parece que en el registro estan mintiendo

http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/legislacion/r-mg-07-872.html
Este link es viejo pero es así como funciona el sistema. La verdad que no se si ellos chequean adelante de nosotros las restricciones o si nos la darian por escrito
Estaria bueno que publiquen la solucion de sus problemas o no
saludos y gracias me sirvio mucho el tema

Invitado
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Mensaje por Mat*. Lun Feb 01 2010, 03:18

Que tal....pasate por la seccion presentaciones asi t conocemos.

lamento decepcionarte pero es asi tal como t lo dijeron., salvo en la capital.

somos 2 mas q caimos en estas leyes.

seguramente el egislador q la impulso en su vida se subio siquiera a una bicicleta.
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Mensaje por Pink_Freud Lun Feb 01 2010, 03:49

Mantre escribió:bueno al final no me dejan sacar el registro de 150 a 300 en quilmes, mi hermano puede porke ya tuvo 5 años el de 150, asi que me re duele en el alma, ahora estoy por el plan B, consegui un contacto a ver si puedo tenerlo, y sino sacare el de 150 y andare igual !!!

el tema es que la ley 24449 tiene un articulo donde permite a las localidades poner un rango o prohibiciones segun ellos decidan, asi que estas cosas las hacen para hacer mas plata te obligan a pagar el registro y al otro año tenes ke volverlo a pagar si queres mas cilindrada, ratas inmundas!!!

Como ya dije en otro lado, a mi me paso lo mismo. Tene en cuanta que manejar una moto 200 con registro de 150 es lo mismo que no tener registro, es decir ante la ley frente a un accidente no estas registrado. Para la lay es como manejar un camion con registro de auto. Tengan cuidado chicos... el mambo no es solo evitar multas, si no problemas mas serios.

Saludos, Adri
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Mensaje por Walterio Lun Feb 01 2010, 05:56

visitatwistero escribió:hola les comento que tengo el mismo problema con el registro para conducir, quiero comprarme una twister y cuando fui averiguar al registro de hurlingham me dijieron que solo hasta 150cc , que no me daban el A22 para motos hasta 300cc si era mi primer moto. Mañana voy a llamar al RUIT para asesorame bien porque me parece que en el registro estan mintiendo

http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/legislacion/r-mg-07-872.html
Este link es viejo pero es así como funciona el sistema. La verdad que no se si ellos chequean adelante de nosotros las restricciones o si nos la darian por escrito
Estaria bueno que publiquen la solucion de sus problemas o no
saludos y gracias me sirvio mucho el tema

Bienvenido Alita (apodo que tienen nuestros amigo del club que poseen Honda)!!! pasate por presentaciones asi te conocemos todos y podemos saber un poco mas de vos.-
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Mensaje por RadiKaL Lun Feb 01 2010, 07:26

te comento eso del registro es verdad es como cuando sacas tu primer registro no podes tener la categoria mas alta hasta no tener una baja cumplida previamente eso me dijeron la primera vez en el registro a mi tambien igual fijate bien pq sino nos garcaron a los dos jajajajjaja
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Mensaje por lemacy Lun Feb 01 2010, 23:46

Yo saque x 1º vez el registro de moto el Sept 2009 (hace años tengo si el de autos) y fui de una y me pedi la categoria A3 para motos de cualquier cilindrada y me hicieron el examen teorico nomas...( te sientan en un escritorio y tipo el profesor Girafales te van señalando las señales de transito y vos vas respondiendo que significan...una papa!)....
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Mensaje por Presedo87 Vie Mayo 28 2010, 03:52

Y les hago una consulta yo al registro original de moto "50.cc a 150.cc" lo hise el día 04/02/2008 en el registro de olivos creo que en Sáenz peña. en mi caso no tendré problemas no? Y que te hacen te toman todo devuelta como cuando lo sacas la primera vez. Desde ya muchas gracias
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Mensaje por leopugno Vie Mayo 28 2010, 09:11

Presedo87 escribió:Y les hago una consulta yo al registro original de moto "50.cc a 150.cc" lo hise el día 04/02/2008 en el registro de olivos creo que en Sáenz peña. en mi caso no tendré problemas no? Y que te hacen te toman todo devuelta como cuando lo sacas la primera vez. Desde ya muchas gracias

no en tu casa no tendras problemas, yo hice lo mismo saque cuando saque el del auto para 50cm3 y luego ya me dieron ahora para cualquier moto, me parece bien que asi sea pero esta algo mal implementado, en españa no es por cilindrada sino por caballos de fuerza, por ejemplo en el primer carnet que saca l vago se comprar una cbr600 con 127hp tiene que limitarla a 35hp por un año, osea te permiten comprar la moto que vos quieras siempre y cuando la limites, aca esta mal implementado porque uno tiene que comprar una moto que no quiere a lo mejor por la cilindrada, deberia ser como en españa y poder limitar las motos, igual alla les venden los kit de limitacion y son carisimos pero bueno, despues de un año va atener su moto a gusto y no va a tener que cambiar la moto entera
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