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NORMATIVA 1187 DE LA LEY DE TRANSITO- El no uso del chaleco si no laburas en moto 33vdwmr


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NORMATIVA 1187 DE LA LEY DE TRANSITO- El no uso del chaleco si no laburas en moto

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Mensaje por MrOtto Vie Oct 19 2012, 14:50

Encontre esto circulando por la WEB.
"descargué e imprimí la normativa número 1187 de la ley de tránsito ( http://www.asuma.org/mater_m/d/bolof48.pdf) la cual, en su artículo primero dice bien clarito :
"Los conductores y acompañantes de motovehículos que presten servicio de transporte y/o reparto y/o distribución de productos y/o alimentos y/o documentación, sea para terceros o como complementaria de su actividad principal, durante el desempeño de su jornada laboral, deberán usar chaleco reflectante"

Si quieren leer todo el comentario esta aca.
http://www.clubybr.com.ar/foro/viewtopic.php?f=11&t=12501

Sabia que solo los que laburan tendrian que usar chaleco pero no sabi de la normativa. Espero que les sirva de algo.
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Mensaje por CANOSO50 Vie Oct 19 2012, 15:49

PERFECTO!!!
QUE LINDO, NO ME TENGO QUE PONER ESA PORQUERÍA ARRIBA DE LA CAMPERA.......
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Mensaje por MrOtto Vie Oct 19 2012, 19:53

BOLETIN OFICIAL
La Plata, lunes 18 y martes 19 de enero de 2010
Sección Oficial
Resoluciones
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Resolución Nº 1.187
La Plata, 30 de diciembre de 2009.
VISTO El Expediente Nº 22103-987/09, la Ley N° 13.927 y el Decreto
Reglamentario N° 532/09, y
CONSIDERANDO:
Que la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires ha sancionado la Ley de Tránsito
N° 13.927;
Que en dicho marco, se ha facultado al Poder Ejecutivo a reglamentar las
disposiciones contenidas en dicha normativa, a los efectos de dotarla de la
suficiente operatividad;
Que en particular, debe atenderse a lo dispuesto en el artículo 48 de la mencionada
normativa, en cuanto a la obligatoriedad del uso del chaleco reflectante;
Que se prevé una progresiva implementación en el uso de dicho chaleco para los conductores y acompañantes de motovehículos dedicados a actividades como las“Mensajerías” y/o “Delivery”, teniendo en cuenta la mayor exposición a los siniestros en consideración al ámbito laboral en que desempeñan sus tareas;
Que es obligación del Estado, en el marco de la gravedad de los índices de lesiones
y mortandad en accidentes de tránsito, velar por la seguridad de aquellos sectores
que padecen de mayor riesgo al momento de producirse un siniestro;
Que en función de esta situación se puede percibir que uno de los sectores más
propensos a los siniestros de tránsito es el de los motovehículos, en los cuales cada suceso trae aparejado generalmente lesiones y lamentablemente en muchos casos, el deceso de sus ocupantes;
Que en razón de lo expuesto, deben adoptarse todas aquellas medidas que
propendan a mejorar las condiciones de seguridad de los ocupantes de dichos
vehículos;
Que el uso del chaleco reflectante para el sector mencionado precedentemente y en las condiciones propuestas, procurará una mejor identificación de dichos vehículos tanto de día como en horas de la noche, brindando mayor seguridad a sus ocupantes;
Que asimismo, se deberá contar con el casco protector que evite que se produzcan lesiones más graves;
Que ha tomado intervención la Asesoría General de Gobierno;
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO Nº 532/09
EL MINISTRO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Los conductores y acompañantes de motovehículos que presten
servicio de transporte y/o reparto y/o distribución de productos y/o alimentos y/o documentación, sea para terceros o como complementaria de su actividad principal, durante el desempeño de su jornada laboral, deberán usar chaleco reflectante que llevará impreso el dominio del vehículo que condu
cen y se ajustará a los siguientes requerimientos:
A.1 El color del fondo del chaleco será amarillo puro, amarillo arena o amarillo
naranja y tendrá por lo menos dos bandas blancas reflectantes horizontales en la
parte superior anterior y posterior de cinco centímetros (5 cm.) de ancho y con una
separación entre ellas de catorce centímetros (14 cm.). En medio de las bandas
reflectantes llevará impreso en letras y números blancos reflectantes, el número de
dominio del motovehículo. La dimensión mínima de cada letra y número será de
diez centímetros (10 cm.) de alto, seis centímetros (6 cm.) de ancho y el ancho
interno de cada letra de un centímetro y medio (1.5 cm.).
A.2. Su tamaño deberá ser como mínimo de sesenta centímetros (60 cm.) de largo
y treinta y cinco centímetros (35 cm.) de ancho.
A.3. Las bandas reflectantes deberán tener como mínimo una retroreflectividad de
trescientos treinta candelas lux por metro cuadrado (330 cd/lx m2).
A.4. En caso de no usar chaleco reflectante, los conductores y acompañantes
deberán vestir prenda con bandas reflectantes o material combinado, que presente
las propiedades técnicas de reflectividad y fluorescencia descriptas en los puntos
A.1. y A.3, además de llevar adherida o impresa en forma legible el dominio del
vehículo, que conduce tal como se encuentra establecido en el punto A.1.
A.5. Cualquier elemento que el conductor y/o acompañante vista sobre el chaleco,
que impida parcial o totalmente su visibilidad, deberá contar mínimamente con una
banda de material combinado de cinco centímetros (5 cm.) o dos bandas de tres
centímetros (3 cm.) de ancho, con las propiedades técnicas, de reflectividad y
fluorescencia descriptas en los puntos A.1. y A.3, además de llevar adherida o
impresa en forma legible el dominio del vehículo, que conduce tal como se
encuentra establecido en el punto A.1.
A.6. En caso que el motovehículo posea algún elemento fijo o semi-fijo, que impida
parcial o totalmente la visualización de la parte posterior del conductor y/o
acompañante, el mismo deberá contar mínimamente con una banda de material
reflectante y/o combinado de cinco centímetros (5 cm.) o dos bandas de tres
centímetros (3 cm.) de ancho, con las propiedades técnicas, de reflectividad y
fluorescencia descriptas en los puntos A.1. y A.3., que abarquen el ancho de la
parte posterior y sus laterales.
A.7. Podrá utilizarse de forma supletoria lo establecido en la Norma IRAM 3859, en
cuanto a las condiciones técnicas mínimas referentes al chaleco reflectante, de no
optar por utilizarse las estipuladas; no obstante ello, deberá llevar adherida o
impresa en forma legible el dominio del vehículo, que conduce tal como se
encuentra establecido en el punto A.1.
ARTÍCULO 2°. La autoridad de comprobación controlará y verificará que los
elementos que portan los conductores y acompañantes a los que se refiere la
norma cumplan con lo señalado en la presente Resolución, que será obligatoria a
partir de los cuarenta y cinco (45) días hábiles a contar de su publicación.
ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA.
Cumplido, archivar.
Alberto Pérez
Ministerio de Jefatura de
Gabinete de Ministros
C.C. 320
www.noaloschalecos.com.ar
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Mensaje por MrOtto Vie Oct 19 2012, 19:54

Es largo de leer pero subraye lo que nos importa a la mayoria creo. En el otro Link esta en PDF para imprimir. Espero que les sirva.
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Mensaje por JUANCHO_66 Vie Oct 19 2012, 22:01

MUY BUENA INFO!!! se agradece!!!
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Mensaje por fedefiant Sáb Oct 20 2012, 12:43

Buenas, les cuento algo que me paso el pasado 30/09/2012. Ese domingo me a pasear a Santa Fe (soy de Paraná) con mi novia, ya volviendo, eso de las 18 hs con luces bajas prendidasme para jendarmeria y me pide carnet y tarjeta, se los di y le pregunte si tambien queria el seguro (haciendome el capo ya que "tengo todos los papeles") y me contesto "no hace falta, me premite el chaleco?" jajaja ¿que chaleco le pregunto? "el que debe usar". A continuacion mira a mi costado y habia otra pareja en una 110 tambien en la misma circusntancia, a lo que le explico que no sabia nada y tenia entendido que ese chaleco era solamente para los autos, en caso de tener que bajarse a arreglarlo en una ruta con escasa luz. A continuación me dice que se me va a labrar un acta, NO UNA MULTA (palabras textuales) y me acompaña adentro de jendarmeria
En esa situación, yo a las puteadas por dentro, y tratando de ser amigable a ver si safaba, hablando de las motos que tenian afuera etc, etc mi novia no la camara de fotos sacandole a una cabrita!!! si, ella chocha con la cabrita de 3 me de vida y sus fotos mientras yo a las puteadas.
Cuestión, llego a Paraná y leo bien el "acta" y como lo presentí, y a mi entender, era una bruta multa. Pasado unos días llamo al municipio de Recreo, porque no se por que carajo corresponde a ese municipio, y la chica que me atiende me explica que solamente tengo que mandar una carta via correo argentino u otro haciendo el correspondiente descargo, que tenía 30 días para hacerlo, y solamante tendría que abonar la carta con la respuesta, aproximadamente $50. Le pregunto si la ley era nueva y me contesto que no, que ahora la estan exigiendo, nada más.
Hace unos días mande la carta y espero la respuesta. Cuando llegue les cuento si son $50 o más de $300 como decia el "acta". Saludos.

P/d: prometo subir fotos de la cabrita jaja
P/d 2: todavia tengo el culo lleno de preguntas...
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Mensaje por MrOtto Sáb Oct 20 2012, 21:37

Todo lo que firmes lo tenes que hacer en DISCONFORMIDAD. De ahora en mas, metete en el link que deje arriba de todo, entra e imprimite todo el articulo, cada vez que te paren, se lo haces leer. van a hacer todo lo posible para sacarte guita, un acta, una multa o cualquier cosa, es para ver si caes o si sos un boludo mas que no hace valer sus derechos.
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Mensaje por FERLO Lun Oct 22 2012, 01:40

MrOtto escribió:Todo lo que firmes lo tenes que hacer en DISCONFORMIDAD. De ahora en mas, metete en el link que deje arriba de todo, entra e imprimite todo el articulo, cada vez que te paren, se lo haces leer. van a hacer todo lo posible para sacarte guita, un acta, una multa o cualquier cosa, es para ver si caes o si sos un boludo mas que no hace valer sus derechos.

TE PUEDO DECIR POR EXPERIENCIA PROPIA, Q ES MUY RARO Q GENDARMERIA TE HAGA UNA MULTA PARA INTENTAR SACARTE PLATA, SI HACEN LA MULTA ES XQ UNO ESTA EN FALTA Y NI SE TE OCURRA DE QUERER NOMBRAR O DAR A ENTENDER Q QUERES COIMEARLOS... CONSEJO DE AMIGO!
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Mensaje por serxd Lun Oct 22 2012, 09:47

¿Pero entonces por qué le hacen la multa al final? ¿Cuando le piden el chaleco si lo tenía en una mochila safaba? Porque le dice "permítame el chaleco" dunno . Al final nunca hay nada claro y así aprovechan para aplicarlo como quieren.
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Mensaje por JorgeF Lun Oct 22 2012, 10:17

Eso sucede porque la ley nacional permite demasiadas libertades hasta a los municipios. La ley debería ser única y en ella figurar las particularidades necesarias por zona. Es lógico que en el sur tenga prioridad el auto con suelo congelado pero es ridículo que un municipio de Santa Fe te pueda exigir la sabana mortuoria o que una jueza de Dolores exija el chaleco en las motos porque solo leyó el art. 48 de la ley 13927 y no quiere aceptar su marco de aplicación que es la normativa 1187.
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Mensaje por MrOtto Lun Oct 22 2012, 11:10

FERLO escribió:
MrOtto escribió:Todo lo que firmes lo tenes que hacer en DISCONFORMIDAD. De ahora en mas, metete en el link que deje arriba de todo, entra e imprimite todo el articulo, cada vez que te paren, se lo haces leer. van a hacer todo lo posible para sacarte guita, un acta, una multa o cualquier cosa, es para ver si caes o si sos un boludo mas que no hace valer sus derechos.

TE PUEDO DECIR POR EXPERIENCIA PROPIA, Q ES MUY RARO Q GENDARMERIA TE HAGA UNA MULTA PARA INTENTAR SACARTE PLATA, SI HACEN LA MULTA ES XQ UNO ESTA EN FALTA Y NI SE TE OCURRA DE QUERER NOMBRAR O DAR A ENTENDER Q QUERES COIMEARLOS... CONSEJO DE AMIGO!

Las veces que me paro Gendarmeria fue con mucho respeto, mas de una vez me paro, pidio y reviso papeles, nunca mangueo guita y nunca me pidio el famoso "chaleco"; pero a mi viejo si, volviendo a mi casa, lo pararon, le pidieron hasta las vacunas, fotos aereas de la casa un poco mas. Respeto mucho a esa fuerza, al igual que a Prefectura, pero siempre esta la manzana podrida y "pago el pato" mi viejo que venia de laburar.
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Mensaje por Nikku y Ruthy Lun Oct 22 2012, 11:53

QUe raro che. Yo con la Gendarmeria la mejor onda, siempre te hablan con respeto, te hacen sentir un ciududano decente.
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Mensaje por MrOtto Lun Oct 22 2012, 19:29

Repito: Las veces que me paro Gendarmeria fue con mucho respeto, mas de una vez me paro, pidio y reviso papeles, nunca mangueo guita y nunca me pidio el famoso "chaleco".
Y concuerdo con vos Nikku y Ruthy, a mi tambien me trataron bien las veces que me pararon, con respeto principalmente, prefiero que me paren ellos qu los azules.
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