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Una medida que recuerda a los tatuajes nazis a los judíos en la segunda guerra Mundial
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mat_mas
decimetango
Nautilus
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Una medida que recuerda a los tatuajes nazis a los judíos en la segunda guerra Mundial
Una medida que recuerda a los tatuajes nazis a los judíos en la segunda guerra Mundial
Macri decreta que la cabeza de los motociclistas debe tener el número de dominio de la moto que manejan.
ARTÍCULO 1°.- Incorpórese como inciso j.1.9 al Art. 40 del Anexo 1 del Decreto N° 779/95 el siguiente:
Resultado de imagen para ladrones en moto“inciso j.1.9) la identificación de dominio del motovehículo, adherida en letras y números reflectantes, sin que coincida con el color de fondo del casco.
La dimensión mínima de cada letra y número será de TRES centímetros (3 cm.) de alto, DOS centímetros (2 cm.) de ancho y el ancho interno de cada letra y número de MEDIO centímetro (0.5 cm.).
La identificación dominial será adherida en los laterales derecho e izquierdo del casco reglamentario, debiendo dicha identificación ser indeleble e inviolable, de conformidad con las características técnicas establecidas.”.
ARTÍCULO 2°- Incorpórese como inciso j.3 al Art. 40 del Anexo 1 del Decreto N° 779/95 el siguiente:
“inciso j.3) El acompañante del conductor de motovehículos, a los efectos de circular por la vía pública, tendrá la obligación de utilizar un chaleco reflectivo, con la identificación del dominio tanto en el frente y en dorso.
j.3.1) El color del fondo del chaleco será amarillo puro, amarillo arena o amarillo naranja y tendrá por lo menos DOS (2) bandas blancas reflectantes horizontales en la parte superior anterior y posterior de CINCO centímetros (5 cm.) de ancho y con una separación entre ellas de CATORCE centímetros (14 cm.). En medio de las bandas reflectantes llevará impreso en letras y números blancos reflectantes, el número de dominio del vehículo.
j.3.2) La dimensión mínima de cada letra y número será de DIEZ centímetros (10 cm.) de alto, SEIS centímetros (6 cm.) de ancho y el ancho interno de cada letra y número de UN centímetro y medio (1.5 cm.).
j.3.3) Su tamaño deberá ser como mínimo de SESENTA centímetros (60 cm.) de largo y TREINTA y CINCO centímetros (35 cm.) de ancho.
j.3.4) Las bandas reflectantes deberán tener como mínimo una retroreflectividad de TRESCIENTOS TREINTA candelas lux por metro cuadrado (330 cd/lx m2).
j.3.5) En caso de no usar chaleco reflectante, el acompañante deberá vestir prenda con bandas reflectantes o material combinado, que presente las propiedades técnicas de reflectividad descriptas en los puntos l.1.1, l.1.2. y l.1.4, además de llevar adherida o impresa en forma legible el dominio del vehículo, que conduce tal como se encuentra establecido en el punto l.1.1.
j.3.6) Cualquier elemento que el acompañante vista sobre el chaleco, que impida parcial o totalmente su visibilidad, deberá contar mínimamente con una banda de material combinado de CINCO centímetros (5 cm.) o dos (2) bandas de TRES centímetros (3 cm.) de ancho, con las propiedades técnicas, de reflectividad descriptas en los puntos l.1.1., l.1.2. y l.1.4, además de llevar adherida o impresa en forma legible el dominio del vehículo que ocupa, tal como se encuentra establecido en el punto l.1.
j.3.7) En caso que el vehículo posea algún elemento fijo o semi-fijo, que impida parcial o totalmente la visualización de la parte posterior del acompañante, el mismo deberá contar mínimamente con una banda de material reflectante y/o combinado de CINCO centímetros (5 cm.) o DOS (2) bandas de TRES centímetros (3 cm.) de ancho, con las propiedades técnicas, de reflectividad descriptas en los puntos l.1.1, l.1.2. y l.1.4, que abarquen el ancho de la parte posterior y sus laterales.
ARTÍCULO 3º.- Incorpórese como inciso j.4 al Art. 40 del Anexo 1 del Decreto N° 779/95 el siguiente:
“La obligación de portar el casco y en su caso, el chaleco con identificación, se extiende al momento del ingreso, egreso y circulación por el interior de las estaciones de servicios, siendo su uso obligatorio a los fines de la carga de combustible”.
ARTICULO 4º.- Modifícase el inciso c del Art. 72 del Anexo 1 del Decreto N° 779/95 por el siguiente:
“c) Sólo se puede impedir la circulación de vehículos, cuando afecten la seguridad, la estructura vial o por falta o ilegitimidad de la documentación, según los casos taxativamente enumerados en el Art. 40. Los vehículos secuestrados, que no fueren retirados de inmediato, serán remitidos a depósitos donde serán entregados a quienes acrediten la propiedad o tenencia. Los motovehículos que no fueren retirados dentro del plazo de 60 días desde su retención, serán descontaminados y compactados de acuerdo a lo normado en la Ley Nro. 26.348, salvo que la Autoridad de Aplicación disponga su destino de utilidad pública, o resuelva su venta en pública subasta.
ARTICULO 5º.- La autoridad de comprobación deberá controlar y verificar que tanto el conductor como el acompañante de motovehículos cumplan con lo establecido en el presente Decreto, procediendo en su caso al secuestro del rodado, en cumplimiento de lo normado en el art. 72, inc. c), punto 1 de la ley 24.449.
ARTICULO 6°.- El incumplimiento de los requisitos establecidos en el presente DECRETO será considerado falta grave en los términos del artículo 77, inciso a) de la Ley Nº 24.449.
ARTÍCULO 7º.- Las PROVINCIAS que hayan adherido a la Ley Nacional Nro. 24.449 y sus modificatorias y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, aplicarán en el ámbito de su competencia las previsiones establecidas en el presente DECRETO.
ARTÍCULO 8º.- Invítase a las PROVINCIAS y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a determinar en sus respectivas jurisdicciones, conforme las facultades que les son reconocidas por el artículo 2° de la Ley Nacional Nro. 24.449 y sus modificatorias, las restricciones de circulación de motovehículos con dos ocupantes en determinadas áreas y/o en determinados días y horarios.
ARTÍCULO 9º.- La DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS, en su carácter de autoridad de aplicación del Régimen Jurídico del Automotor (Decreto-Ley N° 6582/58 -ratificado por Ley N° 14.467-, t.o. Decreto N° 1114/97, y sus modificatorias) instrumentará un régimen de regularización de motovehículos no inscriptos. Consecuentemente, en el marco de los lineamientos del presente Decreto, dictará las normas relativas al alcance, condiciones y requisitos para la inscripción registral de las unidades.
ARTÍCULO 10º.- La vigencia de las disposiciones del presente decreto comenzarán a regir a partir de los NOVENTA DIAS (90) días a partir de su publicación.
ARTICULO 11°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FUENTE
Re: Una medida que recuerda a los tatuajes nazis a los judíos en la segunda guerra Mundial
Y toda esa porquería es constitucional?
decimetango- Cantidad de envíos : 7824
Fecha de inscripción : 26/02/2010
Edad : 59
Localizacion : Buenos Aires - Tandil
Re: Una medida que recuerda a los tatuajes nazis a los judíos en la segunda guerra Mundial
La historia se repite
mat_mas- Cantidad de envíos : 2630
Fecha de inscripción : 20/05/2012
Edad : 48
Localizacion : dontorcuato
Re: Una medida que recuerda a los tatuajes nazis a los judíos en la segunda guerra Mundial
Y pongamos por ejemplo que ando en la moto como siempre.... Y pongamos que como es una gran medida de seguridad ... Me detengan y me pidan explicaciones... Y que más van a hacer? Me pondrán una multa?
Y no la pienso pagar... Ni una ni dos ni tres ni ninguna...
Y no la pienso pagar... Ni una ni dos ni tres ni ninguna...
decimetango- Cantidad de envíos : 7824
Fecha de inscripción : 26/02/2010
Edad : 59
Localizacion : Buenos Aires - Tandil
Re: Una medida que recuerda a los tatuajes nazis a los judíos en la segunda guerra Mundial
Maldicion, otra vez eso, es tan sencillo, controles mas eficientes y listo, los cacos generalmente no tienen las cosas en regla, en algun momento se van a quedar sin moto, exigir carnet de conducir en regla al momento de la venta ayudaria a que gente que ni sabe lo que es una moto se suba y sea un peligro, he visto gente si se puede llamar asi que sacan la moto de la vidriera y ya le sacan los espejos y los ponen en la mochila o una bolsita, es un gasto al pepe lo del chaleco y la patente en casco, me chorean la moto y salen a un raid delictivo con mi chaleco y mi casco, como llevan todo estan en regla nadie los para, para cuando me tomaron la denuncia ya le metieron el caño a mas de uno, y todo el quilombo que tengo que hacer para retirar luego la moto si aparece es un embole.
Oscarchu- Cantidad de envíos : 506
Fecha de inscripción : 26/01/2012
Edad : 52
Localizacion : Resistencia - Chaco
Re: Una medida que recuerda a los tatuajes nazis a los judíos en la segunda guerra Mundial
No conozco a ningún país donde las leyes son tan estúpidos .. pero lo que si tengo 8 motos? Necesito comprar ocho cascos y chalecos ? ))
Re: Una medida que recuerda a los tatuajes nazis a los judíos en la segunda guerra Mundial
De terror che, hay que hacer bardo
stepanna64- Cantidad de envíos : 68
Fecha de inscripción : 25/06/2014
Edad : 59
Localizacion : CABA
Re: Una medida que recuerda a los tatuajes nazis a los judíos en la segunda guerra Mundial
O sea q solo con eso ya no roban mas, hoy los rochos dicen listo cagamos che viste q piden chaleco no afano mas jajajaja q cargada ,esto es como siempre paran a las motos nuevas q tienen casco y demás como me paso la semana pasada en la boca, pasa delante mío una moto sin patente el tipo con el casco en la mano, a quien paran? al boludo de la monto nueva con casco puesto patente y todo en regla ,les digo che no viste a ese sin casco ni patente no lo vi me dice aparte vos no me vas a decir cómo hacer mi trabajo me dice ,al segundo pasan tres en una ybr 125 el piloto con casco los demás nada patente nada ajaj obviamente no los paran , pero bueno perdí 10 minutos y listo eso si me dijo q el escape ese no pasa la vtv pero zafas x la moto es 2017 jajajaj nadie controla nada esto es ta en provincia y nadie q manga de inútiles q son chee
de bronca q el q siempre tiene todo en regla tenga q demostrar todo el tiempo q no sos ladrón y demás bueno gente ojala cambie la mano pero lo veo verde
salutee
de bronca q el q siempre tiene todo en regla tenga q demostrar todo el tiempo q no sos ladrón y demás bueno gente ojala cambie la mano pero lo veo verde
salutee
r1racing- Cantidad de envíos : 273
Fecha de inscripción : 16/12/2016
Edad : 49
Localizacion : caba
Re: Una medida que recuerda a los tatuajes nazis a los judíos en la segunda guerra Mundial
lo vi hoy de osea q ya vienen currando con el tema chaleco hace un rato , en lobos tb le paso a un conocido
r1racing- Cantidad de envíos : 273
Fecha de inscripción : 16/12/2016
Edad : 49
Localizacion : caba
Re: Una medida que recuerda a los tatuajes nazis a los judíos en la segunda guerra Mundial
"Una medida que recuerda a los tatuajes nazis a los judios en la segunda guerra mundial" mamita! estas para presentar curriculum como titulador en algun canal de noticias!
ahora en serio, no les parece una buena medida? o sea... por fin voy a poder empezar a utilizar la estampadora que me compre la ultima vez... era un negocion... y despues nada... a ver si este gobierno no se tira para atras y toma una medida verdaderamente importante
ahora en serio, no les parece una buena medida? o sea... por fin voy a poder empezar a utilizar la estampadora que me compre la ultima vez... era un negocion... y despues nada... a ver si este gobierno no se tira para atras y toma una medida verdaderamente importante
talitob220- Cantidad de envíos : 2297
Fecha de inscripción : 04/12/2010
Edad : 40
Localizacion : Buenos Aires - Junín
Re: Una medida que recuerda a los tatuajes nazis a los judíos en la segunda guerra Mundial
r1racing escribió:O sea q solo con eso ya no roban mas, hoy los rochos dicen listo cagamos che viste q piden chaleco no afano mas
desde el anuncio de la medida, colapsaron las universidades por el alto nivel de inscripciones... se ve que el choreo ya no es viable y se inclinan por una vida llena de rectitud los ex-cacos.. jajaja
talitob220- Cantidad de envíos : 2297
Fecha de inscripción : 04/12/2010
Edad : 40
Localizacion : Buenos Aires - Junín
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